ARTÍCULO 5. DERECHOS. Los residentes delConjunto Residencial La Esmeralda tendrán, además de los Derechos consagrados en el Reglamento de Propiedad Horizontal, los siguientes:
1.A que se le respeten los principios de la convivencia y los bienes de la civilidad.
2.A los beneficios sociales, la cultura, la actividad física y la recreación dentro del Conjunto.
3.A disfrutar de un ambiente agradable, sano y tranquilo dentro del Conjunto.
4.A ser tratado con respeto, consideración y justicia sin distinción ninguna clase.
5.A recibir información sobre el Reglamento de Propiedad Horizontal y el Manual de Convivencia sobre la controversia o conflicto planteado por otro copropietario o residente del Conjunto, con la garantía de orientación y justicia al plantear arreglos y a fortalecer las relaciones de vecindad.
6.Ser escuchado en descargos y respetado su debido proceso, antes de recibir sanción alguna.
7.Hacer solicitudes verbales o escritas, en forma respetuosa, a las diferentes autoridades del Conjunto, conforme a sus funciones, y a obtener respuesta oportuna de ellas.
8.A participar en los procesos democráticos del Conjunto, pudiendo elegir y ser elegido.
9.A expresar libre, respetuosa y democráticamente sus ideas y opiniones.
10.Al acceso y disfrute de las diferentes bienes y servicios comunes que ofrece el Conjunto.
11.A gozar de adecuadas condiciones de seguridad, salubridad y habitabilidad.
12.A la integridad arquitectónica y urbanística del Conjunto.
ARTÍCULO 6. DEBERES Y OBLIGACIONES. El ejercicio de la libertad y los derechos conlleva la responsabilidad de no transgredir el derecho ajeno y la de responder por las consecuencias de los propios actos. Son deberes y obligaciones de los residentes del Conjunto, además de los consagrados en el Reglamento de Propiedad Horizontal, los siguientes:
1.Cumplir el Artículo 95 de la Constitución Nacional, “de los deberes y obligaciones de la persona y del Ciudadano”.
2.Conocer y cumplir las normas del Manual de Convivencia y del Reglamento de Propiedad Horizontal.
3.Respetar y hacer que se respeten los derechos de los demás, tanto los derechos legales como los contenidos en el Manual de Convivencia y el Reglamento de Propiedad Horizontal.
4.Mantener en todo momento una actitud de genuino respeto hacia los demás residentes del Conjunto y sus autoridades, así como de todos sus espacios de uso común.
5.Reconocer y respetar la diversidad y las diferencias de los demás.
6.Mantener sanas y adecuadas condiciones de seguridad, salubridad y habitabilidad dentro del Conjunto.
7.Proteger el medio ambiente.
8.Separar la basura de acuerdo a las normas de reciclaje y depositarla en los lugares indicados.
9.Proteger y respetar la integridad arquitectónica y urbanística del Conjunto.
10.Asistir, cuando se le notifique, por parte del Comité de Convivencia y/o Consejo de Administración, a los descargos o reuniones aclaratorias, para resolver conflictos en forma activa, respetuosa y puntual.
11.Velar por que las personas a su cargo (hijos, visitantes y empleados) y sus animales domésticos tengan un comportamiento considerado y respetuoso con los demás, que no causen daño a las áreas comunes y las usen conforme a las normas que señalan la decencia y la buena educación.
12.Si el inmueble es arrendado, el propietario se hará responsable por los daños y el comportamiento de su arrendatario.
13.Cuidar y hacer cuidar las plantas y zonas verdes del Conjunto.
14.Notificar a la Administración toda mudanza de enseres, equipos o traslado de vehículo.
15.Responder por los costos en que se incurran para la reparación de los elementos averiados por las acciones u omisiones propias o de las personas a su cargo.
16.Cumplir las comisiones y trabajos que le sean asignados.
17.Recoger los excrementos de sus mascotas y depositarlos en la bolsa de basura domiciliaria.
18.Abstenerse de alterar, de cualquier manera, la fachada de los edificios (paredes, muros, puertas, ventanas).