CONJUNTO RESIDENCIAL LA ESMERALDA
  CAPITULO II PRINCIPIOS RECTORES
 

ARTÍCULO 3. PRINCIPIOS DE LA CONVIVENCIA. El presente Manual se fundamenta en los siguientes principios y valores de la convivencia y la civilidad, que garantizan la existencia y el mantenimiento de una vida social sana y pacífica:

1.          Respeto a la vida, a la dignidad humana y a la integridad personal. Estas condiciones básicas de la existencia, permanencia y convivencia de los habitantes del Conjunto.

2.          Solidaridad.  Fuerza que mantiene unida a los habitantes del Conjunto que se manifiesta en la disposición de apoyo mutuo y acciones de bien común.

3.          Sentido de pertenencia. Condición de apropiación y cuidado de la que deben ser partícipes propietarios, residentes, tenedores, autoridades y trabajadores.

4.          Participación directa y democrática. Intervención libre y voluntaria de los propietarios y residentes en los asuntos de la Copropiedad, en tanto se sienten pertenecientes a la comunidad y aportan acción y pensamiento a la construcción de la vida colectiva.

5.          Regulación de las autoridades legítimas. Intervención legal para facilitar el cumplimiento de las normas sociales y la resolución de los conflictos, utilizando los mecanismos reglados, cuando el comportamiento de algún residente atenta contra la civilidad  y no haya sido suficiente el ejercicio de la autorregulación.

6.          Honradez en la comunicación y en la información. La comunicación y la información dentro de la Copropiedad, como forma básica de relación con los demás, requiere realizarse de manera veraz, clara, directa y oportuna, que fortalezca la disposición a establecer acuerdos y que se respete la palabra empeñada. Así mismo, que se rechacen la mentira, la calumnia, la injuria y la difamación.

7.          Convivencia pacífica. Se refiere a la convivencia tranquila y respetuosa entre los miembros de la Copropiedad y, en caso de que se generen conflictos, éstos se resuelvan por la vía del diálogo y la conciliación.

8.          Trabajo. Es el derecho que tiene toda persona de realizar una actividad libre, material o intelectual, permanente o transitoria, directa o al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, para su autorrealización y para obtener un ingreso para su subsistencia, dentro de las unidades privadas de la Copropiedad, siempre que dicha actividad no esté en contra de la Constitución y las leyes y cumplan las normas de seguridad, salubridad y saneamiento.

9.          Sentido de amistad, vecindad y comunidad. Relaciones de aprecio, afecto e identidad que generen los propietarios y tenedores ente sí, como resultante de la convivencia pacífica.

10.       Interés general. Es el bien jurídico y público más importante que tutela este Manual, entendido como la plena e integral vigencia de los Derechos Humanos.

11.       Justicia social. Correcta y equitativa aplicación de todas las normas contenidas en este Manual.

12.       Paz. Propósito y resultado de la convivencia pacífica dentro de la Copropiedad. Situación permanente de tranquilidad y comunidad de confianza para que sus miembros puedan vivir de manera justa, digna y humana.

13.       Libertad. Condición esencial de la dignidad humana, que se manifiesta primordialmente en la posibilidad de elegir, aceptar o rechazar, de acuerdo a los principios de su propia conciencia.

14.       Igualdad. Es el pleno goce de sus derechos y el efectivo cumplimiento de sus deberes, en iguales condiciones para todos.

15.       Equidad. El goce de los bienes y derechos y el cumplimiento de los deberes y obligaciones se realizan de manera justa e igualitaria.

16.       Desarrollo y progreso sostenible. Es el derecho de los residentes, dentro de la Copropiedad, a un desarrollo y progreso social y ambientalmente sostenibles.

ARTÍCULO 4. BIENES DE LA CIVILIDAD. Son los bienes sociales y comunitarios de interés general que, dentro de la Copropiedad, garantizan la convivencia pacífica y el bienestar de todos y son protegidos por el presente Manual. Ellos son:

1.          El comportamiento social. Es la más general de las conductas públicas que tenemos en comunidad y que nos pone en contacto con el comportamiento de los demás.

2.          La seguridad. Es la percepción de tranquilidad derivada del disfrute objetivo de los derechos y libertades.

3.          La salubridad pública y el saneamiento ambiental: Son las condiciones de habitabilidad dadas o buscadas para propiciar el sano desarrollo físico y mental de quienes la usan y disfrutan.

4.          El medio ambiente: Es el sistema compuesto por el paisaje natural, el paisaje cultural, los individuos, los grupos, las relaciones que hay entre ellos y el entorno.

5.          El espacio público y los bienes de uso común: Es el escenario donde ocurre la socialización de miembros de la Copropiedad, por fuera de los ámbitos privados.

6.          El patrimonio arquitectónico y urbanístico: Es el inmueble en el que se encuentra la Copropiedad, su espacio físico, su ordenamiento, su integridad y otros componentes del entorno que se constituyen en referencia de la Copropiedad.

7.          Las relaciones de vecindad. Son las interacciones respetuosas y pacíficas que tenemos con quienes viven y trabajan dentro del Conjunto.

 

 
   
 
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